Catalá dio una de las plazas investigadas en Valencia tras una criba masiva previa al examen
El candidato que logró la plaza ya no era trabajador público cuando se examinó como se exigía en la convocatoria

La alcaldesa de Valencia, María José Catalá, durante su comparecencia de este martes. | Biel Aliño / EFE
El proceso de selección para cubrir una plaza de administrativo en la Fundación Visit Valencia, el organismo turístico que dirige la concejal Paula Llobet y que depende del Ayuntamiento de Valencia presidido por María José Catalá, se diseñó hace dos años de tal manera que la competencia real y la transparencia quedaron reducidas a la mínima expresión. La documentación oficial del expediente que investiga ahora la Fiscalía Anticorrupción revela que la convocatoria terminó resolviéndose con un único candidato apto, después de un procedimiento que dejó fuera a la mayoría de los aspirantes incluso antes de la fase de examen.
La plaza, convocada el 15 de mayo de 2024 en el momento en que se lanzaban también las cuestionadas otras dos plazas por parte del consistorio valenciano y al tiempo que el Puerto de Valencia hacía lo propio, no estaba abierta al conjunto del mercado laboral, sino exclusivamente a personal en activo de la Administración o del sector público con relación funcionarial de carrera o laboral fija o indefinida. Se trataba de un puesto con contrato indefinido y una retribución de 30.800 euros brutos anuales, cubierto mediante concurso-oposición. Las bases establecían una fase de oposición eliminatoria y una fase de concurso en la que la experiencia (especialmente en el sector público) podía alcanzar hasta 12 puntos sobre un total de 20.
Filtro previo que decide el proceso
Ese diseño, en apariencia técnico, tuvo un efecto determinante: la gran criba no se produjo en el examen, sino en la admisión previa de candidatos. El listado provisional de admitidos y no admitidos, fechado el 3 de julio de 2024, muestra cómo la mayoría de los aspirantes (una docena en total) quedaron fuera por un mismo motivo repetido: no cumplir el requisito de pertenecer al sector público en activo.
El resultado fue un embudo extremo. De todos los candidatos que intentaron concurrir al proceso, solo tres fueron admitidos: los identificados como E.M.V.867E, M.R.G.019Y y P.P.C.322Q. El resto fue descartado antes siquiera de poder competir en igualdad de condiciones.
Este primer filtro define la naturaleza del proceso. No fue la prueba selectiva la que redujo la competencia, sino el propio diseño de la convocatoria. El acceso ya estaba restringido desde el origen.
El listado definitivo de admitidos, publicado el 7 de agosto, no alteró ese escenario. No hubo incorporación de nuevos aspirantes tras el periodo de alegaciones. El procedimiento avanzó hacia la fase de examen con un universo mínimo de tres candidatos.
Un examen sin competencia real
La siguiente fase confirmó la tendencia. La oposición, celebrada el 25 de octubre de 2024 en la sede de la fundación, dejó fuera a dos de los tres aspirantes. Según el listado provisional de resultados, publicado el 7 de noviembre, solo uno obtuvo la calificación de apto: el candidato identificado como E.M.V.867E (Enrique Moner, uno de los investigados por la Fiscalía Anticorrupción). Los otros dos fueron calificados como no aptos y quedaron automáticamente excluidos del proceso.
El resultado definitivo, fechado el 11 de noviembre, no dejó lugar a dudas. Enrique Móner se convirtió en el único candidato que superaba el proceso completo, con una puntuación de 12,75 puntos en la fase de concurso. No hubo comparación real de méritos y el procedimiento desembocó en una adjudicación sin rival efectivo.
Pero hay un elemento adicional que añade complejidad al caso. Según ha podido saber THE OBJECTIVE., el candidato que finalmente obtuvo la plaza ya no mantenía su condición de trabajador público cuando se celebró la prueba. Móner había sido ya despedido del Consorcio Valencia 2007, el organismo en liquidación del que procedía, pese a que la convocatoria limitaba el acceso a personal en activo del sector público.
La convocatoria no especificaba si ese requisito debía mantenerse durante todo el proceso o únicamente en el momento de la solicitud. Sin embargo, el hecho de que el único candidato que superó la oposición ya no cumpliera esa condición en el momento de examinarse introduce una contradicción relevante en el desarrollo del procedimiento.
Un proceso controlado
Otro de los elementos llamativos del expediente fue la composición del tribunal. La resolución que designa al órgano de selección muestra una estructura eminentemente interna: presidente, secretario y varios vocales pertenecientes a la propia fundación, con la presencia de un suplente del Ayuntamiento.
Este dato refuerza la idea de que el proceso no solo estuvo restringido en el acceso, sino también gestionado desde dentro de la propia entidad convocante, sin un contrapeso externo significativo.
Además, las bases establecían que la incorporación del candidato seleccionado debía producirse en un plazo máximo de cinco días desde la formalización del contrato, y contemplaban la creación de una bolsa de empleo con los aspirantes que hubieran superado la oposición. Sin embargo, al haber un único candidato apto, la propia bolsa quedó vacía, lo que limitó cualquier efecto posterior del proceso.
Un patrón que se repite
El caso de esta plaza no es un hecho aislado dentro del caso investigado. El requisito clave que define el proceso, la obligación de pertenecer al sector público en activo, coincide con el patrón detectado en las convocatorias impulsadas desde organismos municipales en las mismas fechas y que son ahora objeto de atención judicial.
De hecho, este tipo de restricción no se ha producido en ningún otro de los procesos selectivos del Ayuntamiento de Valencia durante la legislatura. Su aparición se concentra precisamente en las plazas vinculadas a organismos bajo sospecha.
El resultado es un esquema recurrente: convocatorias con perfiles muy cerrados, un número mínimo de aspirantes admitidos y procesos que terminan sin competencia efectiva.
Una plaza decidida
La consecuencia práctica de todo el procedimiento es clara. La plaza de administrativo de Visit Valencia no fue el resultado de una competencia abierta entre candidatos, sino de un proceso en el que el número de aspirantes se redujo drásticamente desde el inicio y en el que la fase decisiva (la oposición) dejó a un único candidato en pie.
En términos administrativos, el procedimiento cumple formalmente sus fases. En términos materiales, el resultado plantea grandes interrogantes sobre la existencia de una concurrencia real. La secuencia es difícil de ignorar: un filtro previo que elimina a la mayoría, tres aspirantes que llegan al examen y un único aprobado que obtiene la plaza. Él, como las otras tres trabajadoras investigadas, procedía del organismo en liquidación que presidía la alcaldesa de Valencia, María José Catalá.
