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Economía

El Supremo prohíbe el uso de la vivienda familiar a los divorciados si entra una nueva pareja a vivir

El Tribunal Supremo ha dictaminado que la convivencia de uno de los cónyuges con una nueva pareja extingue el derecho de uso de la vivienda familiar tras el divorcio cuando el inmueble está en régimen de bienes gananciales, informa el tribunal en un comunicado. El pleno de la Sala Primera ha zanjado así el interrogante sobre qué efecto produce la convivencia del progenitor custodio con una nueva pareja con respecto al derecho de uso de la vivienda familiar que recogía la sentencia de divorcio.

El Supremo prohíbe el uso de la vivienda familiar a los divorciados si entra una nueva pareja a vivir

El Tribunal Supremo ha dictaminado que la convivencia de uno de los cónyuges con una nueva pareja extingue el derecho de uso de la vivienda familiar tras el divorcio cuando el inmueble está en régimen de bienes gananciales, informa el tribunal en un comunicado. El pleno de la Sala Primera ha zanjado así el interrogante sobre qué efecto produce la convivencia del progenitor custodio con una nueva pareja en el derecho de uso de la vivienda familiar que recogía la sentencia de divorcio.

La sentencia recurrida había acordado originalmente la extinción del derecho de uso en el momento en que se procediera a la liquidación de la sociedad de gananciales, por considerar que la entrada de una tercera persona en la vivienda hacía perder a esta su antigua naturaleza de vivienda familiar, al servir ahora en su uso a una familia distinta.

La sala ha ratificado los argumentos y el pronunciamiento de la sentencia recurrida y ha desestimado el recurso de casación. La introducción de un tercero en la vivienda, en relación estable de pareja con el progenitor que se benefició del uso por habérsele asignado la custodia de los hijos, cambia el estatus del domicilio familiar, considera el tribunal, de igual modo que afecta a otros aspectos como la pensión compensatoria e incluso el interés de los hijos porque introduce elementos de valoración distintos de los que se tuvieron en cuenta inicialmente. Según el alto tribunal, el derecho de uso de la vivienda familiar se confiere y se mantiene en tanto que conserve este carácter familiar. El interés de los hijos no puede desvincularse absolutamente del de sus padres cuando es posible conciliarlos, entiende el Supremo, que también añade que, en este caso, el carácter ganancial del inmueble facilita otras soluciones económicas que permiten precisamente esa conciliación de intereses.

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