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La ley de 'startups' se diluye: la certificación de Enisa sigue sin funcionar tras seis meses

El consejero delegado de la entidad, José Bayón, explica que la tramitación de la orden ministerial ha sido compleja y que la certificación funcionará en breve.

La ley de ‘startups’ se diluye: la certificación de Enisa sigue sin funcionar tras seis meses

El interés de los emprendedores por la Ley de Startups se ha ido reduciendo con el paso de los meses. | Unsplash

Han pasado casi seis meses y las expectativas sobre la ley de startups se han desinflado. Hoy en día, la certificación sigue sin estar operativa, a pesar de que es un requisito indispensable para que se activen los beneficios fiscales y laborales que recoge la norma. En la web de la Empresa Nacional de Innovación S.A. (Enisa) se informa de que el sistema aún no está funcionamiento, a pesar de que su consejero delegado aseguró que estaría funcionando en mayo. Con el paso de los meses, el interés ha ido decayendo, tal como cuentan a THE OBJECTIVE varios bufetes especializados en asesoramiento a empresas.

De momento, ni se ha agilizado la creación de empresas de base tecnológica ni se han sentado las bases de un ecosistema empresarial innovador en España. La realidad es otra y las expectativas sobre las medidas de la ley de startups se han diluido. Ya lo habíamos contado en este periódico el 16 de abril, con motivo de la celebración del Día Mundial del Emprendimiento: el sistema de acreditación, que es la llave para ser considerada una empresa tecnológica o de base innovadora, no estaba operativo.

Desde entonces, en la web de Enisa se ve el mismo mensaje: «El proceso de certificación como startup, en el ámbito de la ley de startups, está pendiente de la aprobación de una orden ministerial. En todo caso, cuando el procedimiento de certificación esté operativo, desde ENISA nos pondremos en contacto con las empresas ya registradas». A continuación, se ofrece al usuario que deje su email para que le avisen cuando ya funcione la acreditación de empresas.

Este es el mensaje que aparece en la web de Enisa cuando una startup se quiere certificar | Enisa

A principios de mayo, en un evento organizado por Deloitte para analizar los efectos de la Ley de Fomento del Ecosistema de Empresas Emergentes -nombre oficial de la ley de startups– el consejero delegado de Enisa, José Bayón, aseguró a los presentes que la certificación estaría funcionando antes de que terminara mayo. Pero no ha sido así.

Ley de ‘startups’: el interés decae

Este periódico se ha puesto en contacto con Bayón, que insiste en que la puesta en marcha del sistema es es inminente y justifica la tardanza en las dificultades del desarrollo normativo. «Es una orden ministerial compleja porque son seis ministerios. Estamos viendo alguna cosa técnica todavía con Hacienda para dar más garantías y después tiene que ir al Consejo de Estado».

Aunque reconoce que las expectativas iniciales se han quedado en stand by, recalca que el interés por parte de los emprendedores no se ha perdido y asegura que lanzarán una campaña cuando esté todo operativo. Y descarta que las Elecciones Generales del 23-J aplacen su puesta en marcha. «Todo a veces es más lento, independientemente de hitos electorales. Para nosotros, cuanto antes esté, mejor», subraya.

Desde los despachos de abogados especializados en empresas tecnológicas hay coincidencia: en enero y febrero, justo tras la aprobación de la ley, hubo mucho interés para conocer los requisitos. Los emprendedores e inversores querían saber si sus proyectos encajaban y podían acceder a los beneficios y deducciones de la norma. Pero a medida que el tiempo ha pasado, las consultas y peticiones de asesoramiento han decaído.

«A nivel legislativo, se han publicado normas que entran en vigor y que no son aplicables, que es lo que ha pasado aquí. Ha habido una necesidad de anunciar que España se convertiría en un polo de innovación, pero es la propia administración la que tiene la capacidad en exclusiva de certificar qué es una startup y va lenta», señala Miguel Ángel Márquez, abogado y director del área societaria de CECA Magán, que considera que no vale la pena hablar con clientes sobre un sistema que no se sabe cuándo va a estar operativo.

Para otros, era algo que se veía venir por cómo funciona en general la Administración. «Esto pasa con las startups y con casi todos los procedimientos abiertos en este país. En extranjería, por ejemplo, tienes la autorización, pero no hay citas previas para pedir la tarjeta. Y hay un plazo límite para hacerlo», se lamenta Javier Marco Verdejo, socio del despacho MV Legal.

Las ‘startups’ siguen funcionando como antes

Algunos ponen el acento en la contradicción de que se apruebe una ley para acelerar e incentivar la creación de startups y que se implemente mediante un sistema de acreditación que no opera. «Desde antes sabíamos que esto iba a funcionar tarde y mal», comenta una fuente de uno de los grandes bufetes. Pero consideran que cuando el sistema, la Administración tendrá que ‘ponerse las pilas’ para agilizar los procedimientos.

A pesar de ello, en España se siguen creando empresas tecnológicas, igual que ocurría antes de que se aprobara la norma. Los operadores jurídicos han ido resolviendo de una manera u otra las dificultades que se han ido encontrando este tipo de empresas. «(La ley) no ha sido ningún avance tan significativo. En realidad, es un primer paso, pero la situación anterior tampoco era tan problemática», señala Pablo Morales, socio de MV Legal, que destaca que la norma puede atraer inversión extranjera e incentivos para los business angels, que son una parte reducida de los inversores.

La diferencia es que «los inversores preferirán invertir antes en una empresa que tenga la certificación que la que no lo tenga, es decir, que sea reconocida como startup para acceder a las ventajas fiscales. Pero claro, definir qué es una startup nunca ha sido lo más fácil», señala Javier Marco, socio e MV Legal.

Las ventajas bloqueadas de la ley de startups

El objetivo del registro es realizar un control previo para asegurarse de que la iniciativa empresarial tiene carácter innovador o tecnológico y, por lo tanto, puede acceder a las ventajas. Si no se habilita, no se puede acceder a los beneficios aprobados específicamente para ellas. Estas son algunas de las medidas que se han aprobado pero que aún no se han puesto en marcha:

  • Deducciones IRPF: la ley incrementa de 60.000 a 100.000 euros la cantidad máxima anual de deducción y el porcentaje de deducción se eleva del 30% al 50%, lo que beneficia tanto a los socios fundadores de las startups como a los inversores privados y a la apuesta por el capital extranjero. No obstante, para beneficiarse de esta reducción es requisito que los fondos de la empresa no superen los 400.000 euros en el inicio del periodo impositivo en el que el contribuyente adquiere las acciones o participaciones. 
  • Reducción del tipo impositivo en el Impuesto de Sociedades y en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes: durante un máximo de cuatro años desde el primer período en el que la base imponible resulte positiva hasta los tres siguientes, se pasa del 25% actual al 15%.
  • Aplazamiento del pago de las deudas tributarias: en la fase inicial, las startups pueden aplazar el pago de la deuda tributaria correspondiente a los dos primeros periodos impositivos en los que la base imponible del impuesto sea positiva.
  • Stock options: da flexibilidad en el régimen general de autocartera previsto en la Ley de Sociedades de Capital, que facilita la ejecución de un plan de opciones sobre participaciones (las llamadas stock options) con el fin de favorecer la captación y fidelización del talento, algo que hasta ahora debía realizarse acudiendo a otros instrumentos. También establece beneficios fiscales para las stock options, deducciones por inversión y ventajas en la tributación de la propia startup.
  • Consolidación del negocio: incluye medidas de apoyo a la consolidación del negocio: las empresas emergentes no incurrirán en la causa de disolución por pérdidas cualificadas, es decir, cuando las pérdidas dejen reducido el patrimonio neto por debajo de la mitad del capital social, durante los tres años desde su constitución
  • Cuota de autónomos: bonifica el 100% de la cuota para los autónomos societarios que continúen siendo trabajadores por cuenta ajena.
  • Licencias de prueba: las empresas emergentes que operen en sectores regulados podrán solicitar licencias de prueba temporales durante un año.

Todos estos beneficios, pensados específicamente para estas empresas, están bloqueados mientras no se apruebe la esperada orden ministerial por parte del Consejo de Estado. Los asesores de las empresas, que toman el pulso del emprendimiento y de los intereses de los inversores en este tipo de proyectos empresariales, son contundentes: la ley de startups pudo ser mejor y no marcará una gran diferencia respecto de la situación actual, salvo para casos muy concretos.

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