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Tribunales

El sector crítico del TC incluirá precedentes y desproporcionalidad en sus votos particulares

Los magistrados mostrarán su desacuerdo con la decisión adoptada por la mayoría. Creen que supone «una injerencia» en el poder legislativo

El sector crítico del TC incluirá precedentes y desproporcionalidad en sus votos particulares

Exterior del Tribunal Constitucional. | Fernando Sánchez (Europa Press)

Una trinchera divide el Tribunal Constitucional. La decisión de paralizar la reforma del Gobierno para renovar el órgano ha soliviantado a los magistrados del denominado sector progresista, que la misma noche de los hechos ya anunciaron que formularían votos particulares. Los registrarán a finales de semana para mostrar su desacuerdo con la mayoría. Incluirán menciones a diferentes precedentes en los que no se estimaron medidas cautelarísimas, «la injerencia» sin precedentes que supone la decisión y su desproporcionalidad. Especialmente con los senadores, a los que «se priva de ejercer sus derechos».

Por primera vez en 40 años, el Constitucional estimó el lunes las medidas cautelarísimas que solicitaba el PP para detener el trámite parlamentario de las dos enmiendas con las que PSOE y Podemos trataban de reformar el sistema de elección de los candidatos que le corresponde nombrar al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en el tribunal de garantías.

La decisión abrió una grieta en el Constitucional. Tras el intenso debate de más de nueve horas que tuvo lugar el lunes, cuando se decidió por un solo voto de diferencia paralizar la reforma exprés del Gobierno (seis votos de los conservadores, contra cinco), los magistrados Juan Antonio Xiol, Inmaculada Montalbán, Cándido Conde-Pumpido, María Luisa Balaguer y Ramón Sáez decidieron formular votos particulares. Unas opiniones que adoptarán forma de auto.

Los argumentos

Los progresistas defienden que el Constitucional no debe interrumpir la tramitación parlamentaria de una ley, en esta ocasión en el Senado. Consideran que el tribunal de garantías debe ser un instrumento de control a posteriori, pero que la decisión adoptada el lunes implica interferir en la actividad del poder legislativo. En opinión de estos magistrados, la soberanía nacional reside en los parlamentos, fundamento de cualquier democracia.

Las fuentes consultadas por THE OBJECTIVE subrayan que no tiene sentido dictar unas medidas para impedir que se voten unas enmiendas en el Senado cuando la presunta vulneración se ha producido en el Congreso. De hecho, el primer recurso de los populares se ciñó al paso de las dos enmiendas por la Cámara Baja. Para enmendarlo tuvieron que realizar una ampliación después de que las enmiendas fuesen aprobadas en el Congreso.

El exdiputado Alberto Rodríguez, uno de los precedentes a los que se referirían los progresistas. | Europa Press

Incluidas en una proposición de ley para reformar el Código Penal, el PP entendió que esa fórmula no guardaba «conexión de homogeneidad con el texto enmendado» y que, además, vulneraba sus derechos como representantes públicos, tal y como establece el artículo 23 de la Constitución. Unos derechos que los progresistas creen que se estarían quebrantando ahora a los senadores, a los que se les impide votar. El argumento formará parte de sus votos particulares.

Otra de las tesis que incluirán en sus escritos es la de la urgencia en tomar la decisión. Afirman que habría bastado con aceptar a trámite el recurso del PP y entrar en el fondo de la cuestión más adelante, una vez que se hubiesen votado las enmiendas, que podrían haber decaído en el trámite parlamentario. La actuación de los conservadores incluso ha podido adelantar la resolución del recurso de amparo, por lo que sería innecesario emitir una sentencia.

Los precedentes

Los magistrados progresistas incidirán en sus votos particulares en que la decisión adoptada por la mayoría conservadora contrasta con otros casos recientes. Entre ellos, el del exdiputado de Podemos Alberto Rodríguez, al que la presidenta del Congreso privó de su escaño tras una sentencia del Tribunal Supremo. O el caso de los nueve parlamentarios expulsados del grupo parlamentario de Adelante Andalucía, entre ellos Teresa Rodríguez, tras una decisión de la Cámara regional.

Estos precedentes supondrán la base de los votos particulares de los magistrados críticos. No obstante, algunas fuentes subrayan que no es la primera vez que el Constitucional suspende una tramitación parlamentaria. Ya lo hizo durante el procés. El tribunal de garantías suspendió el Pleno del 9 de octubre de 2017 en el Parlament. Ese día debía informarse de los resultados del referéndum ilegal del 1 de octubre. Apoyándose en ellos, declararían la independencia de Cataluña.

Otros juristas consultados explican que no es un caso equiparable. De hecho, aquel pleno acabó celebrándose un día después. Algo que no sucederá con en esta ocasión. Aunque Gobierno, Congreso y Senado han anunciado que acatan la decisión del Constitucional que frena la reforma judicial, están decididos a presentar batalla con nuevos recursos. Los votos particulares podrían resultarles de ayuda en ese objetivo.

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