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Comunidad Valenciana

El caso de la plaza adjudicada en Valencia a una exalcaldesa del PP acaba en los tribunales

El juicio por la impugnación del proceso entre un aspirante excluido y el Ayuntamiento se celebrará en noviembre

El caso de la plaza adjudicada en Valencia a una exalcaldesa del PP acaba en los tribunales

Ilustración de Alejandra Svriz

El proceso que ha permitido a una exalcaldesa del PP en la localidad valenciana de Oliva consolidar su plaza como funcionaria en el Ayuntamiento de Valencia ha dado un giro decisivo: ha acabado en los tribunales. Uno de los aspirantes durante el proceso ha presentado un recurso contencioso-administrativo contra la convocatoria al considerar que el diseño del concurso ha vulnerado el principio de igualdad y limita de forma indebida la concurrencia.

La demanda judicial solicita la nulidad de todo el proceso, incluyendo la convocatoria y la adjudicación final, y ya ha sido admitida a trámite por el juzgado de lo contencioso-administrativo 8 de Valencia, que ha requerido el expediente completo al Ayuntamiento de Valencia para su análisis. Este movimiento introduce una nueva dimensión en un caso que hasta ahora se había movido en el plano administrativo. El juicio está programado para el próximo 25 de noviembre.

Este episodio se produce, además, en un momento especialmente sensible para el Ayuntamiento de Valencia, donde la Fiscalía Anticorrupción mantiene abiertas investigaciones sobre presuntas irregularidades en procesos de contratación y selección de personal que afectan a la alcaldesa, María José Catalá, y a dos concejalas de su equipo. Aunque este caso concreto no forma parte de esas diligencias, su aparición amplía las sospechas sobre algunos de los mecanismos de provisión de puestos en el consistorio.

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Citación judicial para el próximo mes de noviembre en Valencia

Un concurso que termina en el juzgado

El recurso no cuestiona únicamente el resultado final, sino el propio diseño de la convocatoria. El aspirante recurrente sostiene que los requisitos de acceso fijados en las bases introducen restricciones injustificadas, al limitar la participación a funcionarios de carrera de la Administración Especial del subgrupo A2 con una titulación muy concreta: Magisterio.

A su juicio, esta exigencia deja fuera a profesionales que podrían desempeñar el puesto en igualdad de condiciones, lo que supondría una vulneración del principio de igualdad en el acceso a la función pública. Además, el recurso también critica la exclusión de personal laboral, entendiendo que no existe una justificación suficiente para esa limitación.

El caso ha llegado al juzgado con una petición clara: anular el proceso selectivo y retrotraer las actuaciones, lo que podría obligar al Ayuntamiento a repetir la convocatoria en caso de que el tribunal dé la razón al recurrente.

16 aspirantes y una criba del 75%

Uno de los datos más relevantes del proceso es el número de aspirantes que quedaron fuera en la fase inicial. Un total de 16 personas se presentaron al concurso, pero solo cuatro lograron superarlo. Doce candidatos fueron excluidos, es decir, el 75% de los participantes, lo cual es muy llamativo.

Los motivos de exclusión se repiten en la documentación administrativa a la que ha tenido acceso THE OBJECTIVE: no ser funcionario de carrera, no pertenecer a la escala de Administración Especial o no acreditar la titulación de Magisterio. Este último requisito ha sido uno de los más controvertidos, ya que ha dejado fuera a perfiles con otras titulaciones vinculadas al ámbito social o educativo.

Una aspirante, por ejemplo, solicitó que su título en Educación Social fuera considerado equivalente, pero el Ayuntamiento rechazó su petición al no existir una homologación formal. Este tipo de decisiones es precisamente lo que ahora se analiza en los juzgados.

La defensa del Ayuntamiento

Frente a las críticas, el Ayuntamiento de Valencia ha defendido la legalidad del proceso. En los informes incluidos en el expediente, sostiene que la exigencia del título de Magisterio responde a la propia naturaleza del puesto, que implica la gestión de proyectos formativos dentro de la Universitat Popular.

El gobierno municipal argumenta que los titulados en Magisterio aportan competencias específicas en planificación educativa, gestión de grupos y dinamización de actividades formativas, lo que justificaría la elección de ese perfil frente a otros posibles. En este sentido, subraya que el requisito no es arbitrario, sino que está alineado con las funciones del puesto.

Asimismo, el consistorio recuerda que la plaza tiene naturaleza funcionarial y que determinadas funciones deben ser desempeñadas por funcionarios de carrera, lo que explicaría la exclusión de personal laboral. También insiste en que la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) en la que se basa la convocatoria fue aprobada en 2023 sin que fuera recurrida en su momento.

De una comisión de servicios

El origen del proceso se remonta a octubre de 2023, cuando el Ayuntamiento aprobó una modificación de la RPT de la Universidad Popular en la que se creó el puesto de coordinador técnico de proyectos. No se trataba de cubrir una vacante previa, sino de un puesto de nueva creación, un elemento que ha sido señalado como uno de los factores relevantes del caso.

Pocos días después, el 8 de noviembre de 2023, el Ayuntamiento activó la cobertura del puesto mediante comisión de servicios. En esa fase inicial, solo se presentó Chelo Escrivá, que accedió al cargo y lo ha ocupado de forma continuada desde entonces.

La comisión de servicios fue prorrogada hasta la convocatoria del concurso definitivo en 2025, en el que se establecieron criterios de valoración específicos que otorgaban un peso significativo a la formación continua, la antigüedad y el conocimiento del valenciano. Este diseño del baremo es también uno de los aspectos que ahora se cuestionan en el recurso judicial.

Tras la valoración de méritos, Escrivá obtuvo la puntuación más alta y fue finalmente adjudicataria del puesto en enero de este año, consolidando así su posición. La continuidad de la misma persona desde la fase provisional hasta la adjudicación definitiva es uno de los elementos que han alimentado el debate en torno al proceso.

El caso entra ahora en una nueva fase. Será el juez quien determine si el proceso respetó los principios de igualdad, mérito y capacidad o si, por el contrario, el diseño de la convocatoria limitó la competencia.

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