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Estas son las nuevas medidas 'antiaborto' que han entrado en vigor en Castilla y León

El presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco, ha asegurado que nada de lo acordado con Vox vulnera el derecho de las mujeres

Estas son las nuevas medidas ‘antiaborto’ que han entrado en vigor en Castilla y León

El vicepresidente de la Junta, Juan García-Gallardo, el presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco. | Claudia Alba (Europa Press)

Castilla y León cuenta con cuatro nuevas propuestas para fomentar la natalidad y contra el aborto. Fue el pasado jueves cuando el vicepresidente del Gobierno autonómico, Juan García Gallardo, de Vox, el encargado de anunciar el acuerdo que había alcanzado su partido con el PP, aunque el segundo no ha tardado en desmentir las medidas.

En concreto, García Gallardo subrayó entonces que se trataba de un acuerdo «negociado y consensuado» con la Consejería de Sanidad y que supone el desarrollo del acuerdo de Gobierno entre PP y Vox firmado el 10 de marzo del año pasado, concretamente en lo relativo a los puntos 12 y 13 para el apoyo a las familias y la promoción de la natalidad.

Y aunque varios miembros del Ejecutivo de Pedro Sánchez hicieron declaraciones públicas criticando dicho acuerdo desde ese mismo jueves, no ha sido hasta este domingo cuando el Gobierno ha realizado un requerimiento oficial a la Consejería de Sanidad de Castilla y León para que se abstenga de aprobar o aplicar alguna medida que vulnere la actual normativa con respecto a la Interrupción Voluntaria del Embarado (IVE) tras el anuncio del Ejecutivo autonómico en relación a un protocolo «antiabortista». En el caso de que el requerimiento efectuado no sea atendido «íntegra e inmediatamente» por la Junta, el Ejecutivo no descarta implementar actuaciones jurídicas adicionales.

Según advirtió en un comunicado, utilizará «todos los mecanismos que el ordenamiento jurídico pone a su disposición para defender la libertad de las mujeres y su derecho a interrumpir voluntariamente el embarazo en los términos establecidos en la normativa vigente».

La respuesta de Castilla y León llegó desde el propio presidente, Alfonso Fernández Mañueco, que tachó de «intolerable» el requerimiento que el Ejecutivo central ha enviado a la Junta para que no aplique medidas que vulneren el derecho al aborto, lo que a su juicio es un «ataque» al Gobierno autonómico basado «en mentiras» con la «intención de generar alarma social».

El máximo responsable autonómico insistió a través de un mensaje publicado en su cuenta de Twitter en que no se ha aprobado acuerdo «alguno que limite los derechos de la mujeres ni de los profesionales sanitarios».

Las cuatro medidas ‘antiaborto’ aplicadas por Castilla y León

Garantía de asistencia por psicólogos clínicos

La primera medida, tal y como explicó la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León «será garantizar a la madre gestante el acceso a una atención psicosocial específica, en la esfera emocional, mediante el acceso a un psicólogo clínico de SACYL (Sanidad de Castilla y León)».

En concreto, relatan que «desde la Administración autonómica se van a poner en marcha medidas que garanticen a la mujer embarazada la asistencia psicológica que precise en la esfera emocional, mediante el acceso a la atención por un psicólogo clínico. Para ello se establecerá un procedimiento de derivación desde atención primaria a los equipos de salud mental para la atención preferente de las personas que lo requieran».

Protocolo de latido fetal y registro cardíaco

La segunda medida, según la nota de prensa difundida el pasado jueves, «se centrará en la elaboración e implantación de un protocolo de latido fetal dentro de la atención programada en el primer trimestre».

Sanidad de Castilla y León indica que «el latido fetal puede identificarse en un estudio ecográfico a partir de la sexta semana de embarazo utilizando la técnica de Doppler. Si bien la recomendación de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO) es la realización de tres ecografías durante el embarazo en las semanas 12, 20 y 33 para el correcto control y seguimiento de la gestación, en situaciones específicas esta exploración puede llevarse a cabo con mayor frecuencia, incluyendo una primera ecografía entre la semana 6 y 9 del embarazo para el primer registro del latido cardiaco».

«La monitorización de la frecuencia cardiaca (número de latidos por minuto) es una forma de evaluar el bienestar fetal, tanto en el embarazo como en el parto, siendo necesario su registro en todos los estudios ecográficos prenatales que se realicen. En este sentido, la técnica Doppler es habitual en la práctica clínica diaria, de muy sencilla ejecución y disponible en todos los ecógrafos», continúa relatando.

Por ello, señala que «la frecuencia cardiaca fetal debe oscilar entre los 120 y 160. Una alteración en la misma, tanto inferior (bradicardia), como superior (taquicardia), al rango mencionado, supone una pérdida del bienestar fetal y necesidad de estudio tanto en el feto o embrión como en la madre».

«La monitorización de la frecuencia cardiaca permite el seguimiento de problemas fetales tales como retraso del crecimiento o alteraciones en la cantidad de líquido amniótico, así como de factores de riesgo materno en embarazos de alto riesgo, tales como hipertensión o diabetes», finaliza este punto.

Ecografías 4D para gestantes

Uno de los puntos más polémicos ha sido este, el de las ecografías 4D para gestantes, ya que en el acuerdo suscrito por PP y Vox se va a promover el acceso a este tipo de ecografías a las mujeres gestantes durante el seguimiento de su embarazo.

En la nota, la Consejería de Sanidad comenta que «el adecuado control y seguimiento de un embarazo se lleva a cabo, entre otros, a través de la realización de tres ecografías regladas bajo un protocolo estandarizado, permitiendo así una adecuada valoración del feto. Se incluye el estudio de la edad gestacional, ritmo de crecimiento, formación de todos sus órganos, así como estado de la placenta y cantidad de líquido amniótico».

«En la actualidad, existe la posibilidad de realizar la denominada ecografía 4D, una técnica que permite la reconstrucción tridimensional de las imágenes habituales 2D del feto, al mismo tiempo que registra su movimiento, pudiendo así mostrar en un vídeo en tiempo real una imagen del bebé con sus rasgos y gestos faciales, manos, dedos, pies y resto del cuerpo, todas ellas perfectamente identificables y reconocibles para la madre y la familia, favoreciendo así su implicación emocional».

Y finaliza diciendo que «si bien se trata de una técnica ecográfica complementaria y no sustitutiva de los estudios ecográficos estandarizados del seguimiento del embarazo, puede aportar ventajas para la evaluación ecográfica de los profesionales, ya que permite una mejor visualización del feto, así como una mejor valoración del corazón, permitiendo una detección más precoz de las cardiopatías congénitas».

Respeto a la objeción de conciencia

Y la cuarta medida, la última del acuerdo, «se centrará en velar por que se respete el ejercicio del derecho fundamental a la objeción de conciencia de aquellos profesionales que participen en la prestación de la interrupción voluntario del embarazo (IVE)».

«La Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo recoge en su artículo 19 apartado 2 que “los profesionales sanitarios directamente implicados en la interrupción voluntaria del embarazo tendrán el derecho de ejercer la objeción de conciencia, sin que el acceso y la calidad asistencial de la prestación puedan resultar menoscabadas por el ejercicio de la objeción de conciencia”».

«El rechazo o la negativa a realizar la intervención de interrupción del embarazo por razones de conciencia es una decisión siempre individual del personal sanitario directamente implicado en la realización de la interrupción voluntaria del embarazo, que debe manifestarse anticipadamente y por escrito».

«En todo caso, los profesionales sanitarios dispensarán tratamiento y atención médica adecuados a las mujeres que lo precisen antes y después de haberse sometido a una intervención de interrupción del embarazo».

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